Los trabajadores pueden solicitar un permiso retribuido de hasta cinco días en caso de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad y cualquier otra persona que conviva con el trabajador en el mismo domicilio y que requiera su cuidado efectivo.
Así, hay dos requisitos básicos para tener derecho a este permiso:
- El trabajador debe tener la relación de parentesco antes indicada o convivir en el mismo domicilio con la persona que requiere su cuidado; y
- Que se produzca el hecho causante de la persona que requiere su atención.
El trabajador tendrá derecho a solicitar este permiso tantas veces como se produzca el hecho causante a lo largo del año.
Además, si la causa del permiso coincide con día no laborable, este empezará a contar desde el primer día laborable posterior al día en que se produjo el hecho causante.
Este permiso estará siempre vinculado a la necesidad de cuidados del familiar del empleado, por lo que el alta hospitalaria no extingue de por si el derecho.