Se suprime la deducción por inversión en vivienda habitual a partir de 1 de enero de 2013 después de sucesivos intentos, excepciones y prorrogas a través de las Leyes de Presupuesto. A pesar de lo transitorio de la Norma sus sucesivas prórrogas prácticamente habían consolidado un derecho que ahora se ve eliminado en aras de un monumental eufemismo que llaman consolidación fiscal.
No obstante, podrán continuar practicando la deducción por inversión en vivienda en ejercicios futuros todos aquellos contribuyentes que hubieran adquirido antes de 31 de diciembre de 2012 su vivienda habitual o satisfecho cantidades antes de dicha fecha para la construcción, ampliación, rehabilitación o realización de obras por razones de discapacidad en su vivienda habitual.
También se introduce una modificación en la consideración de vivienda habitual en el sentido de que el cómputo del requisito de los tres años de residencia en la vivienda se realizará a partir de la fecha de ocupación efectiva de dicha vivienda y no como hasta ahora que computaba desde la fecha de adquisición ¿habrá que llevar el notario a dormir a casa para que de fe que está ocupada?