Si su sociedad dona dinero a entidades sin ánimo de lucro, la donación tiene la consideración de gasto contable pero no de gasto fiscalmente deducible en el Impuesto sobre Sociedades (IS) , sin embargo, tiene derecho a aplicar una deducción en la cuota de dicho impuesto.
A partir de 2024 este incentivo ha aumentado:
Porcentajes de deducción
A partir de 2024 el porcentaje de deducción aplicable en el IS es de un 40% de la donación efectuada (hasta 2023 era de un 35%).
Si las donaciones a una misma entidad aumentan o se mantienen respecto de las donadas en ejercicios anteriores, la deducción aplicable sobre dichas donaciones consistirá en el 50% de la cuota (antes, en caso de donativos recurrentes, la deducción era del 40%).
Límites
A partir de 2024 el donativo con derecho a deducción no puede superar el 15% de la base imponible del IS del ejercicio (hasta 2023, el límite era del 10%).
El exceso de donaciones sobre dicho límite no se pierde, sino que se puede aplicar en los diez años siguientes.