El 10 de octubre entró en vigor el Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas. Esta norma es de aplicación obligatoria para todas las empresas con más de 50 trabajadores y voluntaria para el resto.
Este Real Decreto supone el desarrollo reglamentario del art. 15 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, establece la obligación empresarial de contar con un conjunto de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI en las empresas, para lo que se establecen medidas relacionadas con el establecimiento de cláusulas de igualdad de trato y no discriminación; acceso al empleo; la clasificación y promoción profesional; a la formación; permisos y beneficios sociales, etc.
Entre las medidas debe existir, igualmente, un protocolo específico para las personas LGTBI, ante situaciones de acoso por orientación e identidad sexual en el que se identifiquen prácticas preventivas y mecanismos de detección y de actuación frente al acoso, protocolo que se aplicará tanto a los trabajadores de la empresa como a quienes soliciten un puesto de trabajo; el personal puesto a disposición; los proveedores, clientes y visitas, entre otros.
Las empresas de más de 50 trabajadores que tengan convenio colectivo o acuerdo de empresa, deberán iniciar el procedimiento de negociación de las medidas planificadas en el plazo máximo de los tres meses siguientes a la entrada en vigor del Real Decreto, es decir, antes del 10 de enero de 2025, mientras que aquellas que carezcan de convenio colectivo aplicable y representación legal de las personas trabajadoras dispondrán de plazo hasta el 10 de abril de 2025.
Las empresas que en la actualidad tengan menos de 50 trabajadores, vendrán obligadas a iniciar el procedimiento de negociación de las medidas planificadas en el plazo máximo de los tres meses siguientes a haber superado dicho número de trabajadores.
Desde AUDICONSULTING nos ponemos a su disposición para asesorarle en el proceso del plan LGTBI, garantizando así que su empresa cumpla con el referido Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre.