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Si su sociedad  dona dinero a entidades sin ánimo de lucro, la donación tiene la consideración de gasto contable pero no de gasto fiscalmente deducible en el Impuesto sobre Sociedades (IS) , sin embargo,  tiene derecho a aplicar una deducción en la cuota de dicho impuesto. 

A partir de 2024 este incentivo ha aumentado:

Porcentajes de deducción

A partir de 2024 el porcentaje de deducción aplicable en el IS es de un 40% de la donación efectuada  (hasta 2023 era de un 35%).

Si las donaciones a una misma entidad aumentan o se mantienen respecto de las donadas en ejercicios anteriores,  la deducción aplicable sobre dichas donaciones consistirá en el 50% de la cuota (antes, en caso de donativos recurrentes, la deducción era del 40%).

Límites

A partir de 2024 el donativo con derecho a deducción no puede superar el 15% de la base imponible del IS del ejercicio (hasta 2023, el límite era del 10%).   

El exceso de donaciones sobre dicho límite no se pierde, sino que se puede aplicar en los diez años siguientes.

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