Skip to main content

Como continuación de nuestro último post, coincidiendo con el inicio de la campaña de renta y patrimonio en la que recordábamos quiénes están obligados a presentar declaración, compartimos, entre otras, las principales novedades para este año:

Novedades en la declaración del Impuesto sobre la renta de las personas físicas

  • Se incrementa a 50.000 euros la exención de rendimientos del trabajo en especie por entrega de acciones o participaciones a los empleados de empresas emergentes.
  • Nueva regla de Imputación temporal para los rendimientos del trabajo que no estén exentos por superar la cuantía de 50.000 euros por entrega de participaciones de empresas emergentes. Se retrasa su imputación hasta 10 años desde la entrega de las participaciones, salvo que se produzca antes, la cotización en bolsa de valores de la sociedad, o se transmita la participación.
  • Minoración del 40% al 30% la reducción aplicable a los rendimientos con período de generación superior a dos años u obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo.
  • Nueva regla especial de valoración de la renta de trabajo en especie con la finalidad de aclarar el valor que corresponde a las acciones o participaciones concedidas a los trabajadores de empresas emergentes.
  • Para el ejercicio 2023, igual que en el 2022, para ser considerado saldo de dudoso cobro y ser deducible como gasto del rendimiento íntegro del capital inmobiliario, se vuelve al plazo de 6 meses a contar desde el momento de la primera gestión de cobro realizada por el contribuyente y el de la finalización del período impositivo.
  • Se aumenta para el año 2023 al 7% (antes el 5%) el porcentaje de reducción del rendimiento neto para el conjunto de las provisiones deducibles y de los gastos de difícil justificación para los contribuyentes que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa simplificada.
  • En el año 2023 se incrementa de nuevo la tarifa del ahorro. Se establecen 5 tramos. Los 3 primeros tramos son los mismos que había, pero a partir de 200.000 euros el tipo de gravamen pasa a ser del 27%, cuando antes era el 26%, y a partir de 300.000 euros hay un nuevo tramo al tipo del 28% .
  • Se aumenta la deducción incrementando el tipo del 30% al 50% y se incrementa la base máxima de 60.000 a 100.000 euros, elevándose, con carácter general, de tres a cinco años el plazo para suscribir las acciones o participaciones, a contar desde la constitución de la entidad, y hasta siete para determinadas categorías de empresas emergentes.
  • Se modifica con efetos desde el año 2023 el Régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español.
  • A partir del año 2023 se extiende a más contribuyentes la deducción por maternidad, aplicándose a mujeres que en el momento del nacimiento del menor perciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo además de las que en el momento del nacimiento del menor o en cualquier momento posterior estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo, en este último caso, de 30 días cotizados.

Novedades en la declaración del Impuesto sobre patrimonio

  • Se amplía el gravamen del IP a los valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad (aunque sea no residente), no negociados en mercados organizados, cuyo activo esté constituido en al menos el 50 por 100, de forma directa o indirecta, por bienes inmuebles situados en territorio español. Con ello se corrige una discriminación respecto del residente, por cuanto el no residente, por el hecho de interponer una persona jurídica no residente, podía eludir el gravamen del citado impuesto.
  • Las Comunidad de Madrid han recuperado el Impuesto sobre el Patrimonio para el ejercicio 2023, con bonificaciones autonómicas ligadas a la cuota íntegra del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.

Leave a Reply