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El pasado 5 de enero 2023, se publicó en el BOE el Real Decreto 1.060/2022, de 27 de diciembre, por el que se modificaba el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, que regulaba determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal durante sus primeros 365 días.

Esta norma modifica los mecanismos de gestión de la incapacidad temporal existentes, y entre otras cosas, suprime la obligación de recibir y presentar copia de partes médicos de baja, confirmación y alta.

Hasta la fecha, el procedimiento tradicional en procesos de baja médica consistía en que el médico entregaba a la persona trabajadora el parte médico y una copia para la empresa para que la presentara a fin de que esta se lo remitiera a la entidad gestora.

Pero desde el 1 de abril de 2023 se prescinde de la entrega a la persona trabajadora de la copia en papel del parte médico destinada a la empresa, ya que será la administración quien comunique telemática y directamente a las empresas los partes médicos de baja, confirmación y alta.

Las empresas podrán acceder a esta información a través del FIE, (Fichero INSS Empresa), que puede ser descargada por el autorizado RED de los Códigos de Cuenta de Cotización.

Del mismo modo, las empresas podrán informar a la Seguridad Social de aquellos datos adicionales que precise para la gestión y control de la situación de incapacidad temporal y de la prestación correspondiente.

Desde AUDICONSULTING nos ponemos a su entera disposición para aclarar cuantas dudas puedan planteárseles al respecto.