NOVEDADES DE APLICACIÓN A LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL
El pasado 29 de septiembre de 2022 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas (conocida como “Ley Crea y Crece”). Con esta Ley se busca fomentar el dinamismo del tejido productivo y responde a las recomendaciones específicas realizadas por distintos organismos internacionales para mejorar el clima de negocios y aumentar el tamaño y la productividad de las empresas en España.
- Medidas para agilizar la creación de empresas
1). Capital social mínimo en la sociedad de responsabilidad limitada
En primer lugar, la Ley 18/2022 modifica la cifra de capital social mínimo necesario para constituir una sociedad de responsabilidad limitada. Bajo la anterior regulación el capital social mínimo para el caso de las sociedades de responsabilidad limitada se situaba en tres mil euros (3.000,00 €).
Con la regulación introducida por esta Ley desde el 19 de octubre de 2022 la cifra de capital social mínimo para sociedades limitadas se establece en un euro. No obstante, a fin de que los intereses de los acreedores de la entidad estén igualmente garantizados, al menos, hasta la cifra de capital social mínimo anteriormente exigida (3.000,00 €), se incorporan dos reglas específicas aplicables mientras el capital de la sociedad no alcance la cifra de tres mil euros:
• Debe destinarse a la reserva legal una cifra al menos igual al 20% del beneficio del ejercicio hasta que dicha reserva, junto con el capital social, alcance el importe de tres mil euros.
• En caso de liquidación (voluntaria o forzosa), si el patrimonio de la sociedad así constituida fuera insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, serán los socios quienes respondan de forma solidaria por la diferencia entre el importe de tres mil euros y la cifra del capital suscrito,
2. Supresión de dos figuras mercantiles: la sociedad en régimen de formación sucesiva y la sociedad limitada nueva empresa
La novedad anterior expuesta ha conllevado a que se elimine el artículo 4 bis de la Ley de Sociedades de Capital, precepto que regulaba la posibilidad de que las sociedades de responsabilidad limitada se constituyeran en régimen de formación sucesiva mientras no se alcanzase la cifra de capital mínimo de tres mil euros que se exigía hasta ahora. Con la modificación de la cifra de capital social mínimo, el régimen de la sociedad en formación sucesiva se ha suprimido, al considerarse que pierde su utilidad práctica.
Asimismo, se ha suprimido el régimen y la figura de la sociedad limitada nueva empresa y todas aquellas sociedades nueva empresa existentes a la fecha de entrada en vigor de la Ley 18/2022 pasarán a regirse por las disposiciones reguladoras de las sociedades de responsabilidad limitada, pasando a utilizar la denominación SRL.
3). Impulso del sistema de tramitación telemática “CIRCE” y estandarización de las escrituras y estatutos en la constitución de nuevas sociedades
A su vez, la norma impulsa la utilización del sistema de tramitación telemática Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) y el Documento Único Electrónico (DUE).
Se posibilita la constitución telemática completa de sociedades de responsabilidad limitada en 24 horas con modelos normalizados de estatutos tipo y escritura estandarizada a través de la ventanilla única del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE). Con anterioridad no se incluía el trámite notarial. Además, se reducen los plazos en que el registrador deberá inscribir de forma definitiva la escritura de constitución en el Registro Mercantil. Los Registros Mercantiles habilitarán un servicio remoto de atención al público en horas de oficina para consultas sobre cláusulas estatutarias.