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Se han aprobado y publicado los modelos para la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto del Patrimonio del ejercicio de 2018, iniciándose el plazo de presentación el 2 de abril de 2019 y finalizando dicho plazo el 1 de julio de 2019, para ambas declaraciones.

Como novedades de la declaración de IRPF, podemos destacar:

– Se amplía los supuestos de Exención de declarar, en el caso que se haya obtenido ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas de reducida cuantía y elevando el umbral inferior de la obligación de declarar en los casos de la existencia de dos pagadores de rendimientos de trabajo.

– Se incrementa la deducción por maternidad, incorporando los gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros educativos autorizados.

– Se extiende la deducción por personas con discapacidad al cónyuge no separado legalmente cuando dependa económicamente del contribuyente.

– Aumento de la cuantía de la deducción por familia numerosa que excedan del número de hijos mínimo exigido para que dicha familia haya adquirido la condición de familia numerosa de categoría ordinaria o especial, según corresponda.

– Ampliación de la información de los gastos de suministros y manutención incurridos en el desarrollo de la actividad en el caso de tributar en el régimen de estimación directa.

– Se incorpora una deducción en cuota para aquellos contribuyentes cuyos restantes miembros de la unidad familiar residan en otro Estado miembro de la UE, equiparando la cuota a pagar a la que hubiera soportado en el caso de que todos los miembros de la unidad familiar hubieran sido residentes fiscales en España.